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CDC San Vicente

Nacionales

Se prorroga estado de emergencia hasta el 16 de abril

Por cuatro días más, se prorrogaron los efectos del Decreto Legislativo 593 -emitido el pasado 14 de marzo-, mediante el cual se declaró Estado de Emergencia Nacional, Estado de Calamidad Pública y Desastre Natural en todo el territorio de la República. Esta extensión estaría vigente hasta el 16 de abril. Con el acuerdo, los parlamentarios garantizan que la Administración Pública continúe con las actividades de salud, protección, contención y demás medidas que se han estado implementando para hacer frente al combate de la pandemia del virus COVID-19.

Los diputados argumentaron que, durante los cuatro días de prórroga, se trabajará un nuevo decreto que se acople a todas las necesidades derivadas de la pandemia, la cual garantice los derechos constitucionales de la ciudadanía, el distanciamiento social, la cuarentena tanto domiciliar como en centros de contención, y legislar de acuerdo a los parámetros establecidos por la Sala de lo Constitucional, lo que implicaría crear un cuerpo normativo que regule las detenciones derivadas del incumplimiento de la cuarentena domiciliar, evitar privaciones de libertad por violar la cuarentena domiciliar -irrespetando los derechos constitucionales-, garantizar los medicamentos a personas con enfermedades crónicas en aislamiento en centros de contención, separación de pacientes con el virus.

Además, insistieron en que las cuarentenas dictadas deben continuar, ya que la ley de emergencia tiene el sustento legal para que esta medida se cumpla.

La continuidad de la declaratoria implica suspensión de clases en el territorio nacional, la garantía de centros de cuarentena dignos, medidas para evitar acaparamiento de productos y alza de sus precios, limitación de circulación en lugares afectados o que se encuentren en riesgo epidémico, facilita la compra directa al proveedor de equipo y la medicina necesaria para atender a los salvadoreños afectados con dicho virus, evitando dilataciones en los procesos. Asimismo, las gerencias financieras institucionales podrán efectuar los pagos correspondientes de manera anticipada, siempre que se garantice que el suministro será recibido, entre otras acciones.

Además, en este plazo permanecen los mecanismos de gestión de asistencia humanitaria internacional para disponer de todos los recursos necesarios para prevenir los riesgos y atender a la población que sea afectada por el COVID-19; por otra parte, continúa la exención de pagos de derechos arancelarios de la importación del impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios y cualquier otro tipo de gravámenes sobre los bienes que se internen en el territorio de la República como ayuda humanitaria.

Todas las contrataciones en el marco de la ley avalada se harán de acuerdo a los principios de la Ley de Acceso a la Información Pública: transparencia, publicidad, prontitud, sencillez, gratuidad y rendición de cuentas.

La base legal de esta medida se sitúa en el artículo 24 de la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, el cual establece que el Legislativo “podrá declarar el Estado de Emergencia en parte o en todo el territorio nacional, mediante petición que al efecto le dirigirá el presidente de la República, cuando el riesgo o peligro provocado por un desastre para las personas, sus bienes, servicios públicos o ecosistemas lo ameriten”.

El estado de emergencia permitiría agilizar los mecanismos previstos en la Ley de Protección Civil, Prevención y Mitigación de Desastres, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, así como demás leyes, convenios o contratos de cooperación o préstamo aplicables, para facilitar el abastecimiento adecuado de todos los insumos que fueren necesarios para hacer frente al COVID-19.

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Nacionales

Sujetos acusados de matar a instructor del coro de una iglesia, permanecerán en prisión mientras son investigados

En la primera audiencia realizada por el Juzgado de Paz de Jayaque, en contra de José Vidal García Girón y Francisco Cruz Dimas, la Fiscalía logró que los imputados sigan en prisión mientras continúan las investigaciones en su contra.

Ambos son procesados por asesinar al instructor del coro de una iglesia donde eran miembros.

Según las investigaciones, García y Cruz se encontraban departiendo en año nuevo junto a la víctima. Luego de una fuerte discusión, lo atacaron con un arma blanca ocasionándole graves heridas que le causaron la muerte.

Este crimen ocurrió en el 2025 en Jayaque, La Libertad Oeste y enfrentaron

El requerimiento se presentó el viernes 17 de enero.

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Nacionales

Homicida es condenado a 15 años de prisión

Edgar Isai Molina Hernández fue sentenciado a quince año de prisión por el delito de homicidio simple. El crimen fue cometido el uno de enero de 2024, en el distrito de Santa Isabel Ishuatan de Sonsonate, según la investigación fiscal.

De acuerdo a las pruebas presentadas en juicio por la Fiscalía, el imputado atacó con arma de fuego a su víctima e intentó huir, pero miembros de la Fuerza Armada le ordenaron que se detuviera. Hernández constantemente tenía discusiones con la víctima e incluso ya le había amenazado de muerte por redes sociales antes del crimen.

La víctima fue trasladada a un hospital en Sonsonate, pero falleció por las graves lesiones provocadas por el imputado.

La pena impuesta por el Tribunal Segundo de Sentencia de Sonsonate.

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Nacionales

Asamblea amplía plazo para que empresarios de buses renueven sus unidades

Para beneficiar a los salvadoreños que utilizan el transporte público, la Asamblea Legislativa prorrogó, con 56 votos, el decreto 774 que contiene disposiciones transitorias para la sustitución de vehículos, refrenda de permisos, cambio de concesionario y permisionarios, ampliación de plazo de contratos de concesión y adopción de medidas provisionales.

El decreto fue aprobado en junio de 2023 y sus efectos caducarán el próximo 18 de enero. Por ello, los parlamentarios acordaron dar un plazo de 18 meses a los propietarios de las unidades de transporte colectivo para sustituir los automotores que sobrepasen los 20 años de antigüedad.

Además, deberán renovar en la Dirección General de Transporte Terrestre los contratos de concesión y refrendas de tarjetas de circulación vencidas o que caducaron entre 2019 y 2023.

Según el artículo 110 de la Constitución de la República, corresponde al Estado regular y vigilar los servicios públicos prestados por empresas privadas y la aprobación de sus tarifas. El Viceministerio de Transporte debe vigilar que los servicios públicos se presten de forma permanente y eficientemente, orientándolos a la satisfacción de movilidad de la población.

El diputado Salvador Chacón explicó que la prórroga del decreto busca que los transportistas se pongan al día con estos trámites, para garantizar un buen servicio de transporte público a la población.

“Esta propuesta busca que los transportistas puedan ponerse al día con el tema de sustituciones, permisos y cambios de concesionarios, para que puedan darle continuidad al servicio de la población y evitar que los salvadoreños resulten afectados”, afirmó el legislador.

El diputado pidió a los empresarios de las unidades de transporte que cumplan con los requisitos establecidos.

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